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domingo, octubre 20, 2013

Derecho a la nacionalidad...

Vaya cualquiera a España o a la mayoría de las naciones europeas, excepto Francia y el Reino Unido, y verá cómo nacer allí, eso sólo, no garantiza ningún derecho a esa nacionalidad.
El derecho de ser ciudadano de un país por nacer en él se denomina jurídicamente "jus soli" o derecho de suelo y es consagrado por naciones que desean aumentar su población (por ejemplo Australia y la Argentina) o integrar a sus inmigrantes (por ejemplo los Estados Unidos y Francia). Países cuyas poblaciones emigran de manera significativa generalmente utilizan la fórmula llamada "jus sanguinis" o derecho de sangre, lo cual significa que ser hijo de un nacional de ese país, aun nacido en otro, da derecho a la nacionalidad del o los padres.
Tener alguna nacionalidad es un derecho humano reconocido por las Naciones Unidas. Quizás por ello, muchos confundidos creen que la República Dominicana está "quitando" la nacionalidad dominicana a hijos de inmigrantes haitianos. Pero, ¿cómo se quita lo que no se ha tenido? Los hijos de haitianos con estatus de inmigrantes ilegales o irregulares, nacidos aquí, no son ni han sido dominicanos ni corren el riesgo de ser apátridas, pues mientras la República Dominicana no está obligada a dar su nacionalidad a extranjeros, Haití en su Constitución expresamente declara que los hijos de haitianos son haitianos no importa dónde nazcan. Y una falla del Estado haitiano, su carencia de un adecuado registro civil, no puede imputarse a nosotros como una conspiración racista o anti-haitiana. Ni obligarnos a hacer dominicanos a quienes no lo son.
Para explicar esto no hay que insultar. Quienes presionan al país, ¿por qué no hablan con hechos y abren sus naciones a los haitianos?

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